Cómo transferir en la UIB

El proceso de contratación de I+D+i UIB-empresa (art.83 LOU)

El proceso empezará con el primer contacto con la FUEIB, realizado por una empresa o por un investigador. Tanto si se dispone ya de una propuesta de contrato, como de sólo una propuesta de proyecto de I+D+i, para poder revisar el contrato la OTRI pedirá la siguiente información:
- Partes del contrato: nombre de la empresa y el equipo de investigación.
- Objeto del contrato.
- Memoria técnico-económica del proyecto al que hace referencia el contrato.
 
Una vez recibida toda la información con respecto al futuro acuerdo de colaboración, ésta se revisará estableciendo en primer lugar el tipo de colaboración del que se trata (en función de la naturaleza del acuerdo: contrato de I+D+i colaborativa, convenio de investigación, contrato de patrocinio, etc.).
 
Si no se dispone de una propuesta de contrato, se facilitará a las partes el modelo de contrato pertinente de la UIB, redactado de manera provisional de acuerdo a la información facilitada. Tanto el investigador responsable como la empresa revisarán este acuerdo provisional.
 
En el caso de haber recibido una propuesta de contrato, se estudiará la adecuación de la misma a los modelos de contrato de la UIB. Se redactará un documento provisional en función a tal adecuación y se remitirá a las partes.
 
Cuando se reciba el texto ya revisado por las partes, se remite de nuevo a la FUEIB, que lo revisa desde el punto de vista formal, técnico y económico. Si todo es correcto la OTRI lo remite de nuevo a las partes para su firma. Si no, se comunica las deficiencias para que éstas puedan ser solucionadas.

Una vez recibidas las copias firmadas se remitirá al Rectorado para su firma y una vez firmadas, se comunica a las partes para que puedan recoger los originales.

Consulta la GUIA DE ARTÍCULO 83 Y ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO.