¿Cómo transferir una tecnología?

Para poder hacer efectiva la transferencia de tecnologías desde la Universidad hacia su entorno se dispone de diferentes formas o medios; los más habituales son los contratos de licencia y las cesiones de tecnología.

Contratos de licencia de tecnología

Es una de las modalidades de transferencia más utilizadas. Bajo esta modalidad la parte licenciadora transfiere a la parte licenciataria los derechos de explotación de una tecnología -manteniendo la propiedad de la misma-, a cambio de un precio (pagos fijos iniciales y pagos variables -regalías- en función de la facturación del licenciatario, hitos conseguidos, etc.).

En el caso de que la tecnología a licenciar tenga diferentes usos o aplicaciones, se podrá licenciar sólo para algunos de estos usos. Es posible limitar también el derecho de explotación a determinados mercados o zonas geográficas y a un determinado periodo de tiempo. Además, el licenciatario puede ser el único autorizado para explotar la tecnología o en concurrencia con otros.

Contratos de cesión de tecnología

Son habitualmente contratos de venta de tecnología. A diferencia de los contratos de licencia, aquí sí se transfiere no sólo los derechos de explotación sino también la propiedad de la misma.

La cesión de tecnología se realizará en aquellos casos en los cuales ésta tiene poco que ver con las líneas principales de investigación que sigue el investigador/inventor, o bien cuando los costes de desarrollo de la misma son excesivamente altos.

Para conocer con más detalle estos mecanismos, visitad la sección La Transferencia de Tecnología en la UIB o contactad directamente con el personal de Tecnologia UIB.